Solicitud de subvención para actividades extraordinarias del centro docente (E1)
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datos de la subsección
Finalidad:

A los efectos de este programa de subvención E1, se definen los siguientes tipos de actividad extraordinaria y por tanto subvencionable:

1.- La conmemoración de aniversarios de la creación de un centro escolar, qué número sea múltiplo de 10 o de 25.

2.- Celebrar la ocupación de un edificio nuevo, o reformado de forma que haya requerido el traslado de la comunidad escolar en todo o en parte.

3.- Los actos de homenaje hacia personas vinculadas a la comunidad escolar.

4.- Los intercambios y encuentros escolares donde participa una o varias escuelas de fuera del municipio y el centro badalonés solicitante de la subvención es anfitrión.

5.- La construcción y restauración de elementos de imaginario festivo (dragones y bichos, gigantes, cabezudos, y similares) diseñados con el objetivo de que la comunidad escolar haga uso en eventos públicos, así como la formación (musical, en seguridad, etc.) de los miembros de la comparsa. Se excluye de la posible subvención el vestuario y material de la comparsa, así como las carrozas de carnaval y similares

6.- La celebración por el logro de algún distintivo o premio, y la participación de ahí en actos fuera del municipio.

7.- La muestra o difusión de algún producto generado en la escuela o la divulgación de su experiencia pedagógica en jornadas, festivales, seminarios o actos similares que se realicen fuera del propio centro docente. Se excluye de la posible subvención toda gasto generado por la creación del producto.

8.- Las ferias, encuentros organizados por centros considerados de máxima complejidad en los que participen diversas escuelas y/o institutos de la zona educativa del centro organizador que tengan entre sus objetivos promover el trabajo en red.

La actividad debe ser claramente excepcional respecto a la programación habitual de un centro docente. Se excluye por tanto subvencionar jornadas de puertas abiertas, muestras y fiestas de fin de curso o trimestre, celebración de fiestas tradicionales, semanas culturales, la programación de actividades extraescolares, o la fiesta anual de la escuela (con diversas denominaciones); sin embargo, la actividad subvencionada puede estar vinculada o formar parte de un proyecto global con otras actividades ordinarias del centro docente, pero el gasto que estas generen no se admitirá como justificación de la subvención.

Quien lo puede solicitar: Pueden solicitar subvención para el programa E1:
a) Las escuelas públicas de educación primaria, institutos de secundaria y post-obligatoria, representadas por el respectivo Consejo Escolar de Centro -qué presidencia recae en la dirección docente- o por una asociación de padres y madres (o de familias) legalmente constituida.
b) Las escuelas concertadas, representadas por sus titulares o por una asociación de padres y madres (o de familias) legalmente constituida.
c) La Escuela Oficial de Idiomas y los Centros y Aulas de Formación de Adultos, representados por sus directores / as o coordinadores / as.

d) Las asociaciones de madres, padres, tutores, familiares, alumnos y ex-alumnos, de las guarderías municipales y guarderías públicas, de la escuela municipal de música, y de las escuelas municipales de educación especial.
Una comunidad escolar (incluyendo cualquiera de los posibles solicitantes descritos en el apartado anterior) sólo puede hacer una única solicitud para este programa E1, prevaleciendo el registro de entrada si se da el caso. En el supuesto de eventos que se celebren a lo largo del curso escolar o abarquen más de un año natural, sólo se aceptará la solicitud de subvención para una de las anualidades afectadas.
Plazos de presentación: 31/08/2023 00:01:00 - 28/09/2023 23:59:00

Convocatoria publicada en el BOPB del 30/08/2023
20 días hábiles a partir de la publicación de la convocatoria en el BOPB

Presentación:

Tramitación electrónica, mediante el formulario electrónico disponible en esta misma página

De acuerdo con la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas y lo establecido en el artículo 10.03 de la Ordenanza de Administración Electrónica, las personas jurídicas están obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración Pública.

Órgano gestor:

Departament d’Educació i Escolarització

Efecto del silencio administrativo: Desestimatorio
Recursos:

Se podrá presentar recurso de reposición en el registro general del Ayuntamiento, dentro del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación.

También se podrá presentar recurso contencioso administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos de Barcelona, dentro del plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación, de conformidad con el art. 8 y 46 de la Ley 29/1998 del 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

Normativa básica:

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley 38/2003
Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
- RDL 2/2004, de 5 de marzo, por la que se aprueba el texto refundido de la ley reguladora de las haciendas locales (TRLHL)
Bases de ejecución del presupuesto municipal vigente (BEP).
Bases específicas que regirán la concesión de subvenciones por parte del Ayuntamiento de Badalona por concurrencia competitiva durante el año 2023

Pago de tasas:

 

Información adicional:

Actividades subvencionables

Las actividades subvencionables serán abiertas a la participación de la ciudadanía, o en la de foráneos en el caso de intercambios o encuentros. Sin embargo, a efectos de baremo sólo se contabilizarán los miembros de la comunidad educativa (alumnos, familias, y profesorado), y en el caso de intercambios o encuentros sólo los de las comunidades educativas badalonines.

Se entenderá como subvencionable para los programas E1: los servicios de espectáculos, entradas colectivas en museos y espectáculos, restauración, alquiler de infraestructuras, limpieza, seguros, transporte, compra de objetos como regalos protocolarios, servicios y honorarios de intérpretes y traductores, traducciones, publicidad, la edición de material gráfico impreso y audiovisual, y la contratación de servicios profesionales.

Documentación relacionada (Para completar el formulario antes debe guardarlo en su ordenador con la función "Guardar el enlace como" que se activará con el botón derecho de su ratón.):
Annex: Projecte i pressupost (F0110)

Certificat Junta i acord autorització sol·licitud (F0111)

Declaracio Llei Protecció del Menor (F0112)

Declaració vigència documentació (F0113)

Fitxa baremació E1 (F0119)

Sol·licitud de subvenció (F0109)

Nivel de identificación del solicitante:
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Substancial:
Acceso mediante sistema Vàlid
Documentos a presentar:
Documentació que cal aportar amb la sol·licitud
- Solicitud de subvención (Formulario F0109)
- Ficha de proyecto y presupuesto (Formulario F0110)
- Previsión general de las actividades a realizar durante el año de la convocatoria y presupuesto (ampliación F0110)
- Memoria explicativa de las actividades realizadas por la entidad durante el año anterior.
- Cuentas aprobadas globales y, si corresponde, por programas, del último ejercicio cerrado.
- Declaración responsable de cumplimiento de las obligaciones de protección jurídica del menor(Formulario F0112)
- Declaración expresa de vigencia de la documentación aportada (Formulario F0113)
- Certificado de datos bancarios
- Hoja de baremación (Formulario F0119)
Si es demana subvenció per primera vegada
- Acta de composición de la Junta Directiva de la entidad
Si ja s’han demanat anteriorment subvencions
- Certificado composición Junta y acuerdo autorización y solicitud subvención (formulario F0111)
Si la sol·licitud es signa mitjançant el sistema Vàlid
- Acta de la autorización y poderes del firmante de la sol·licitud de subvención
La solicitud esta fuera de plazo