Los equipos básicos de atención social es el conjunto organizado y coordinado de acciones profesionales, integrado por los respectivos equipos técnicos que tienen por objeto promover los mecanismos para conocer, prevenir e intervenir en personas, familias y grupos sociales, especialmente si se encuentran en situación de riesgo social o de exclusión. Los equipos están formados por profesionales de las disciplinas del trabajo social y la educación social y atienden a la población desde la proximidad de su territorio y por medio de recursos específicos y de su propio entorno comunitario.
Corresponden a los servicios sociales básicos las funciones siguientes:
- Detectar las situaciones de necesidad personal, familiar y comunitaria en su ámbito territorial
- Ofrecer información, orientación y asesoramiento a las personas en relación con los derechos y los recursos sociales y con las actuaciones sociales a que pueden tener acceso.
- Valorar y hacer los diagnósticos social, socioeducativo y sociolaboral de las situaciones de necesidad social a petición del usuario o usuaria, de su entorno familiar, convivencial o social u otros servicios de la Red de Servicios Sociales de Atención Pública, de acuerdo con la legislación de protección de datos.
- Cumplir las actuaciones preventivas, el trato social o socioeducativo y las intervenciones necesarias en situaciones de necesidad social y hacer la evaluación.
- Intervenir en los núcleos familiares o convivenciales en situación de riesgo social, especialmente si hay menores.
- Impulsar proyectos comunitarios y programas transversales, especialmente los que buscan la integración y la participación social de las personas, las familias, las unidades de convivencia y los grupos en situación de riesgo.
- Orientar el acceso a los servicios sociales especializados.
- Promover medidas de inserción social, laboral y educativa
- Gestionar prestaciones de urgencia social
- Aplicar protocolos de prevención y de atención ante maltratos a personas de los colectivos más vulnerables.
- Gestionar la tramitación de las prestaciones económicas de ámbito municipal y comarcal y las otras que le sean atribuidas.
- Coordinarse con los servicios sociales especializados, con los equipos profesionales de los otros sistemas de bienestar social, con las entidades del mundo asociativo y con las que actúan en el ámbito de los servicios sociales.
- Informar a petición de jueces y fiscales sobre la situación personal y familiar de personas afectadas por causas judiciales.
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