datos de la subsección
Finalidad:
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Esta instáncia permite presentar una solicitud al Ayuntamiento o presentar un recuso contra cualquier actuación o decisión municipal.
Puede utilizar este trámite cuando no exista ningun tramite específico que se adapta a su necesidad
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Quien lo puede solicitar:
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Cualquier persona legitimada en función del objeto de la solicitud y que posea certificado electrónico reconocido.
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Plazos de presentación:
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01/01/2023 13:07:00 -
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Presentación:
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Conforme lo establecido por la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, las persona jurídicas están obligadas a relacionar-se electrónicamente con la Administración.
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Órgano gestor:
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El que corresponda en función de la materia objeto de solicitud.
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Plazo de resolución:
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El que corresponda en función de la normativa vigente aplicable al procedimiento administrativo objeto de la solicitud.
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Efecto del silencio administrativo:
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No procede
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Recursos:
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Los que correspondan en función de la materia objeto de la solicitud.
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Normativa básica:
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Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Ordenanza Municipal de Administración Electrónica, aprobada por el Ple de l’Ajuntament. Aquella aplicable en función del procedimiento objeto de la solicitud.
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Documentos a presentar:
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- Documentació que cal aportar
- Queja o sugerencia (Formulario F0101)
- La documentación que se considere conveniente
- Autorización representación
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