Adorno de sepulturas
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datos de la subsección
Descripción: En el caso de defunción de la persona titular es obligatorio solicitar antes el cambio de nombre a favor de la persona que solicita adornar la sepultura.
Finalidad:

Solicitar la colocación de lápidas y elementos accesorios.
Se puede solicitar a título personal o a través del profesional / industrial que grave la lápida o suministre los elementos.
Requisitos previo
- Ser la persona titular del derecho funerario
- En caso de que la persona titular esté difunta, la persona interesada deberá solicitar antes el cambio del titular del derecho funerario.
- No haber finalizado el plazo de la concesión del derecho funerario
- Estar al corriente de pago de la tasa anual por el servicio de conservación de cementerios.

Quien lo puede solicitar:

Las personas titulares de un derecho de concesión funeraria en los cementerios de la Ciudad.

Las personas que actúan en representación de un otra, ya sea física o jurídica, pueden acreditar su representación telemáticamente mediante el registro de apoderamientos de representación.

Acceder al registro de apoderamientos desde este enlace

Plazos de presentación:

Todo el año

Presentación: Presencialmente, en la Oficina de Registro del Servicio de Atención a la Ciudadania (SAC)
Tramitación electrónica, mediante el formulario electrónico disponible en esta misma página.
De acuerdo con la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el que establece el artículo 10.3 de la Ordenanza de Administración Electrónica, las personas jurídicas están obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración.
Órgano gestor: Departament de Gestió de Serveis
Efecto del silencio administrativo: No procede
Normativa básica:

- Reglamento de cementerios.
- Decreto 297/1997, de 24 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de política sanitaria mortuoria (DOGC núm.2528, 25/11/1997).

Pago de tasas:

- Ordenanza Fiscanl núm. 7 Tasa por servicios de cementerio

Información adicional: En la solicitud es obligatorio hacer constar la descripción de la forma, medidas y color de la lápida. Ésta no puede superar el marco arquitectónico de la sepultura, ni sobresalir exteriormente, superior ni lateralmente el límite de ésta.
Documentación relacionada (Para completar el formulario antes debe guardarlo en su ordenador con la función "Guardar el enlace como" que se activará con el botón derecho de su ratón.):
Sol·licitud (F0091)

Nivel de identificación del solicitante:
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Substancial:
Acceso mediante sistema Vàlid
Documentos a presentar:
Documentació que cal aportar
- Solicitud (Formulario F0091)
- Autorización para actuar en representación de la persona interesada