datos de la subsección
Finalidad:
|
Atender las quejas y reclamaciones de los consumidores y usuarios en cuanto a sus derechos legalmente reconocidos, y resolver con carácter vinculante y ejecutivo los conflictos planteados en la Junta contra empresas previamente adheridas o que acepten someter el caso al arbitraje. La Junta Arbitral garantiza el procedimiento desde la solicitud de arbitraje hasta la resolución del litigio por mediación o por resolución del Colegio Arbitral mediante emisión de un laudo.
|
Quien lo puede solicitar:
|
Cualquier consumidor que se considere afectado en sus derechos legalmente reconocidos derivados de una relación de consumo (en los términos definidos en el artículo 3 del texto refundido de la Ley general para la defensa de los consumidores y usuarios), con la excepción de asuntos sobre los que haya una resolución judicial firme y definitiva, o en las que haya indicios de ser delito (art. 2 del Real decreto 231/2008, de 25 de febrero, regulador del sistema arbitral de consumo.
|
Presentación:
|
Presencialment, al Departament de Consum/Junta Arbitral Edifici Municipal El Viver, Pça Assemblea de Catalunya, 9-12, entresòl. Abans cal demanar cita prèvia per Internet o telefònicament. Correu electrònic, adreçat a la Junta Arbitral de Consum de Badalona jac@badalona.cat Telefònicament, trucant al 93 483 27 43
|
Órgano gestor:
|
Departament de Consum i Junta arbitral de consum
|
Plazo de resolución:
|
Tiempo medio de resolución: entre 4 y 6 meses, desde que se presenta la solicitud de arbitraje ante la Junta Arbitral hasta que se emite el laudo.
|
Efecto del silencio administrativo:
|
No procede
|
Normativa básica:
|
- Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña.
- Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo.
- Decreto 121/2013, de 26 de febrero, por el que se regulan las hojas oficiales de queja, reclamación y denuncia en las relaciones de consumo.
- Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios y otras leyes complementarias.
- Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje.
|
Pago de tasas:
|
Gratuito
|
Información adicional:
|
Presencialmente, en el Departamento de Consumo / Junta Arbitral Edificio Municipal El Vivero, Pza Asamblea de Cataluña, 9-12, entresuelo. Antes hay que pedir cita previa por Internet o telefónicamente. Correo electrónico, dirigido a la Junta Arbitral de Consumo de Badalona jac@badalona.cat Telefónicamente, llamando al 93 483 27 43
|
Documentación relacionada (Para completar el formulario antes debe guardarlo en su ordenador con la función "Guardar el enlace como" que se activará con el botón derecho de su ratón.):
|
|
Nivel de identificación del solicitante:
|
- Alto:
- Certificado digital reconocido y firma electrónica
- Substancial:
- Acceso mediante sistema Vàlid
|
Documentos a presentar:
|
Documentació que cal aportar | - Reclamación | - La documentación escrita que de forma razonable que sirva de fundamento a la petición de arbitraje, para que la Junta pueda admitir la petición y el impreso de solicitudes. |
|