Información y reclamaciones de consumo
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Finalidad:

Defender los intereses y garantizar los derechos de las personas como consumidoras de bienes y productos y usuarias de servicios. Con este objeto se informa, orienta y asesora a las personas que lo solicitan en materia de consumo.

Desde la Oficina Municipal de Información al Consumidor se gestionan y tramitan las quejas, reclamaciones y denuncias. Las reclamaciones se gestionan básicamente por los procedimientos de la mediación y el arbitraje.

Las denuncias son trasladadas al departamento correspondiente para la instrucción del expediente sancionador, en su caso, y las quejas son objeto de comunicación a la empresa para que tenga constancia y pueda mejorar se sus servicios.

En el caso de aceptar el procedimiento de la mediación las partes no necesitan ser asistidas por letrado o por asesor jurídico, pero son libres de procurarse asesoramiento independiente y ser representados por terceros en cualesquiera fase del procedimiento.

Requisitos:
Se debe acreditar que se ha efectuado la reclamación previa a la empresa y que han transcurrido 30 días sin respuesta o con respuesta insatisfactoria. La presentación de la hoja oficial de reclamación / denuncia / queja cumple esta función.

No se admitirán a trámite solicitudes de mediación en las que concurra alguna de las siguientes causas:

a) Que los hechos no puedan ser objeto de la mediación de consumo, como conflictos entre particulares, relaciones contractuales, derivados de hechos presuntamente delictivos, casos en que concurran lesiones, o intoxicaciones, o conflictos con las administraciones públicas, o en general situaciones regladas que no sean de libre disposición por las partes.
b) Que el litigio sea frívolo o vejatorio
c) Que haya transcurrido un año desde que se presentó la reclamación a la empresa
d) Que el hecho ya haya sido objeto de mediación o que se esté tramitando o haya habido pronunciamiento en otra entidad de resolución alternativa u órgano jurisdiccional

Quien lo puede solicitar:

Cualquier persona consumidora

Plazos de presentación:

Todo el año

Presentación: Presencialment, a l'Oficina Municipal d'Informació al Consumidor (OMIC), abans cal demanar cita prèvia per Internet o per telèfon.
Edifici Municipal el Viver, Pça. Assemblea de Catalunya, 9-12
Telèfon: 93.487.27.44
Órgano gestor: Departament de Consum
Plazo de resolución: Temps mitjà de resolució: 4 mesos.
Efecto del silencio administrativo: No procede
Normativa básica:

- Decreto 98/2014, de 8 de julio, sobre el procedimiento de la mediación en las relaciones de consumo.
- Decreto 121/2013, de 26 de febrero, por el que se regulan las hojas oficiales de queja, reclamación y denuncia en las relaciones de consumo.
- Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña.
- Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios y otras leyes complementarias.
- Decreto 206/1990, de 30 de julio, sobre la inspección de disciplina del mercado y consumo.

Pago de tasas:

Gratuito, a menos que sea necesario aportar informes periciales imprescindibles para la resolución del caso o por su continuación en un ámbito ajeno al administrativo.

Información adicional:

Presencialmente, en la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), antes hay que pedir Cita previa por Internet o por teléfono.
Edificio Municipal el Vivero, Pza. Asamblea de Cataluña, 9-12
Teléfono: 93.483.27.44

 

Nivel de identificación del solicitante:
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Substancial:
Acceso mediante sistema Vàlid
Documentos a presentar:
Documentació que cal aportar
- La hoja oficial de reclamación / denuncia / queja o cualquier otra documentación que acredite que se ha efectuado la reclamación previa a la empresa.
- La documentación necesaria para gestionar la petición de la persona consumidora.