Prórroga de la concesión del derecho funerario
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Descripción: En caso de defunción de la persona titular es obligatorio solicitar antes el cambio de nombre a favor de la persona que renovará la concesión
Finalidad:

Solicitar la concesión o la prórroga por caducidad de la concesión del derecho funerario para un nuevo período.
En el caso de defunción de la persona titular es obligatorio solicitar antes el cambio de nombre a favor de la persona que renovará la concesión.

Quien lo puede solicitar:

Las personas titulares de un derecho funerario o aquellas que actuen en su representación

Las personas que actúan en representación de un otra, ya sea física o jurídica, pueden acreditar su representación telemáticamente mediante el registro de apoderamientos de representación.

Acceder al registro de apoderamientos desde este enlace

Plazos de presentación:

Todo el año

Presentación: Presencialmente, en la Oficina de Registro del Servicio de Atención a la Ciudadania (SAC)
Tramitación electrónica, mediante el formulario electrónico disponible en esta misma página.
De acuerdo con la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el que establece el artículo 10.3 de la Ordenanza de Administración Electrónica, las personas jurídicas están obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración.
Órgano gestor: Departament de Gestió de Serveis
Efecto del silencio administrativo: No procede
Normativa básica:

- Reglamento de cementerios (BOP 14/01/02).
- Decreto 297/1997, de 24 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de política sanitaria mortuoria (DOGC núm.2528, 25/11/1997).

Pago de tasas:

- Ordenanza Fiscal núm. 7 Tasa por servicios de cementerio

Información adicional:

Las nuevas concesiones de los nichos y columbarios son para 25 años y las tumbas para 50 años.
Las concesiones de 25 y 50 años son prorrogables, según las disposiciones reguladas en el Reglamento de Cementerios (BOP 14/01/2002)
Se podrá pedir una prórroga de 2 a 5 años cuando existe la voluntad de no renovar la concesión y no sea posible la exhumación por alguna razón justificada.
Se puede solicitar cita previa para más información

 

Documentación relacionada (Para completar el formulario antes debe guardarlo en su ordenador con la función "Guardar el enlace como" que se activará con el botón derecho de su ratón.):
Designació persona beneficiària (F0240)

Sol·licitud (F0093)

Nivel de identificación del solicitante:
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Substancial:
Acceso mediante sistema Vàlid
Documentos a presentar:
Documentació que cal aportar
- Solicitud (Formulario F0093)
- Comparecencia designación de la persona beneficiaria (F0240)
- Autorización para actuar en representación de la persona interesada