Baja de personas empadronadas en un domicilio donde no residen
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datos de la subsección
Finalidad:

Solicitud por la que se inician los trámites para dar de baja en el padrón municipal de habitantes aquellas personas que constan empadronadas en un domicilio en el que no residen.
La tramitación se llevará a cabo de acuerdo con lo que establece el artículo 72 del Reglamento de Población de Demarcación Territorial de las Entidades Locales establecido por el Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre y la Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaria del Ministerio de la Presidencia, en el cual se dará audiencia a la persona afectada por la solicitud de baja.

Quien lo puede solicitar: El titular de la vivienda (propietario o inquilino) o una persona autorizada aportando el formulario de Autorización para tramites del padrón de habitantes. La titularidad de la vivienda se deberá acreditar documentalmente.
Plazos de presentación:

Todo el año

Presentación:

Presencialmente, en la Oficina de Atención al CIudadano, antes hay que solicitar cita previa

Órgano gestor: Departamento de Población
Plazo de resolución:

Tiempo medio de resolución: de 6 a 8 meses.

Efecto del silencio administrativo: No procede
Normativa básica:

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

- Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, donde se modifica el anterior Reglamento de población y demarcación territorial de las entidades locales (Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio).

- Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y el Director General de Cooperación Autonómica, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del padrón municipal.

- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales ya la libre circulación de estos datos.

- Resoluciones del Consejo de Empadronamiento.

Pago de tasas:

Gratuito

Información adicional:

Cita prèvia

Documentación relacionada (Para completar el formulario antes debe guardarlo en su ordenador con la función "Guardar el enlace como" que se activará con el botón derecho de su ratón.):
Autorització tramits del Padró Municipal (F0205)

Autorizacion tramites del Padrón Municipal (F0204)

Documentos a presentar:
Documents acreditatius de la identitat del sol·licitant
- Españoles: DNI o pasaporte (original y en vigor)
- Extranjeros: Tarjeta de residencia o pasaporte, en el caso de Nacionales de la UE, Noruega, Islandia, Liechtenstein o Suiza, también será válido el documento de identidad del país de origen, acompañado del certificado del registro central de extranjeros (NIE) . (original y en vigor)
Documentació de la vivenda que cal aportar
- Recibo del IBI o escritura de propiedad o copia simple (para viviendas de compra reciente) siempre que esta información no conste en la base de datos de Ayuntamiento
- Contrato de alquiler (acompañado de alguno de los documentos que a continuación se indican)
- Último recibo de un servicio (agua, electricidad, gas, teléfono fijo) o el documento bancario que justifique el pago de un servicio, donde conste el domicilio y el nombre de quien solicita la baja o consta empadronado. La atigüedad no será superior a 3 meses.
- Recibo o documento bancario que justifique el pago del alquiler de la vivienda. Antigüedad inferior a 3 meses
- Recibo o documento bancario que justifique el pago de un servicio de la vivienda (agua, electricidad, gas, teléfono fijo). Antigüedad inferior a 3 meses
- Si no se dispone de documentació de la vivienda se presentará una instancia solicitando que la Guardia Urbana compruebe la identificación de las personas residentes en el domicilio en cuestión y, si procede, de oficio se iniciarà el correspondiente expediente de baja del PMH (F0001)
Documentació en cas d'autoritzar a una altra persona
- Autorización trámites Padron de Habitantes (F0204 - F0205)
- Documento de identidad original de la persona autorizada.
- Fotocopia del documento de identidad de la persona que autoriza.