BAIXA: Cambio de domicilio al padron municipal de habitantes
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datos de la subsección
Finalidad:

Aquesta instància us permet presentar una sol·licitud al vostre ajuntament o bé fer arribar un recurs contra alguna actuació o decisió municipal.

Podeu fer servir aquesta instància quan no existeixi un tràmit específic que s'adapti a la vostra necessitat.

Quien lo puede solicitar:

Cualquier persona legitimada en función del objeto de la solicitud y que posea certificado electrónico reconocido.

Plazos de presentación:

Amb caràcter general la sol·licitud pot presentar-se en qualsevol moment per mitjans electrònics o presencialment. En el cas de procediments administratius específics el termini el determinarà la normativa sectorial que ho reguli.

Presentación:

D'acord amb la Llei 39/2015, de procediment administratiu comú de les Administracions Públiques, les persones jurídiques estan obligades a relacionar-se electrònicament amb l'Administratció.

Órgano gestor:

El que corresongui en funció de la matèria objecte de la sol·licitud

Plazo de resolución:

El que corresongui en funció de la normativa vigent aplicable al procediment administratiu objecte de la sol·licitud

Efecto del silencio administrativo: No procede
Recursos:

Los que correspondan en funciión de la matèria objecto de la sol·licitud

Normativa básica:

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
Ordenanza Municipal de Administración Electrónica, aprobada por el Ayuntamiento Pleno
Aquella aplicable en función del procedimiento objeto de la solicitud.

Documentos a presentar:
Documentació que cal aportar
- Hoja padronal cumplimentada con los datos de los interesados y firmado por todas las personas mayores de edad que solicitan el empadronamiento.
a) Documents acreditatius de la identitat del sol·licitant (Tots els documents seran originals i en vigor)
- Españoles mayores de edad: DNI o pasaporte.
- Españoles menores de edad: Libro de familia o certificado de nacimiento.
- Espanyols menors d'edat, en el cas de majors de 14 anys: DNI o passaport.
- Extranjeros mayores de edad: Tarjeta de residencia o pasaporte. En el caso de nacionales de la Unión Europea, Noruega, Islandia, Liechtestein o Suiza también será válido el documento de identidad del país de origen acompañado del certificado del Registro Central de Extranjeros (NIE), caso de disponer de ellos.
- Extranjeros menores de 14 años: Libro de familia o certificado de nacimiento, traducido legalmente al catalán o castellano.
- Extranjeros menores de 14 años, tarjeta de residencia o pasaporte si se dispone
- Extranjeros mayores de 14 años: libro de familia o certificado de nacimiento
- Extranjeros mayores 14 años: tarjeta de residencia o pasaporte o, en el caso de nacionales de la Unión Europea, Noruega, Islandia, Liechtestein o Suiza, documento de identidad del país de origen, acompañado del certificado del Registro Central de Extranjeros (NIE)
b) Documents específics per tràmits de menors
- Al empadronamiento de los menores realizado por sólo uno de los progenitores, será necesario la firma del padre y la madre en la hoja padronal, o bien de una autorización por escrito del progenitor que no realiza el alta en el domicilio.
- En los supuestos de separación, divorcio, tutela, acogimiento o adopción, se deberá aportar la correspondiente resolución judicial.
- En caso de que el / la menor empadrone en un domicilio diferente al de sus padres o representantes legales, estos deberán autorizar el empadronamiento (Autorización menores).
c) Documents acreditatius de la residència al domicili
- Escritura de propiedad de la vivienda. La escritura podrá ser sustituida por la copia simple otorgada por el notario, siempre que la antigüedad de esta no sea superior a seis meses. También será sustituible por la certificación o nota simple del Registro de la Propiedad, siempre con una antigüedad inferior a seis meses. No será necesario aportar la documentación antes indicada, cuando los datos de empadronamiento (dirección y propietario) sean coincidentes con los datos del IBI que ya dispone la propia administración local.
- Contrato de alquiler, acompañado de alguno de los siguientes documentos: Recibo de pago de algún servicio (agua, electricidad o gas), o bien el documento bancario que justifique el pago de este servicio, o bien el justificante bancario del pago del alquiler, o bien, tratándose de alquileres recientes, el documento que justifique el pago de la fianza. En estos recibos o justificantes (válidos cuando sean emitidos por una entidad y tengan una antigüedad inferior a tres meses), deberá constar el domicilio y el nombre de la persona que solicita el empadronamiento o de alguna otra persona empadronada en el domicilio o que se empadrone en el mismo trámite.
- Contrato de suministro de algún servicio de la vivienda (agua, electricidad o gas), acompañado de alguno de los siguientes documentos: Recibo de pago de algún servicio (agua, electricidad o gas), o bien el documento bancario que justifique el pago de este servicio, o bien el justificante bancario del pago del alquiler, o bien, tratándose de alquileres recientes, el documento que justifique el pago de la fianza. En estos recibos o justificantes (válidos cuando sean emitidos por una entidad y tengan una antigüedad inferior a tres meses), deberá constar el domicilio y el nombre de la persona que solicita el empadronamiento o de alguna otra persona empadronada en el domicilio o empadrone en el mismo trámite. Para todos los casos, si la persona que solicita el alta no es la titular de la vivienda (propietario / o inquilino), o bien la persona titular del contrato de suministro, el / la titular deberá autorizar empadronamiento mediante su firma en la hoja padronal. Deberá aportar la documentación de la vivienda señalada en los puntos anteriores, según sea el caso, además de aportar el original de su documento de identidad.
- En el caso de domicilio colectivo como residencia de tercera edad, residencia para personas con discapacidad o similar, Autorización de la Dirección del centro residencial, con indicación del nombre y dirección del mismo.
- En el caso de establecimientos tales como pensiones u hoteles, Autorización del titular del establecimiento con indicación del nombre, dirección y NIF del establecimiento