Finalidad:
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Solicitar asesoramiento técnico en referencia a los requisitos legales que deben cumplir los establecimientos que hayan instalado algún elemento que puede favorecer el crecimiento de legionela y su dispersión. En concreto: fuentes ornamentales, sistemas de nebulización en pescaderías y fruterías, zonas ajardinadas con sistemas de riego por aspersión, terrazas con rociadores de agua para refrescar el ambiente, ventiladores móviles con depósito de agua para refrescar el ambiente, sistemas contra incendios, túneles de lavado con o sin lanzas con agua a presión, zonas deportivas con cañones de riego o riego por aspersión, spas, jakuzzi, bañeras terapéuticas o de hidromasaje, tratamientos con rayo a presión, humectadores, equipos médicos que entren en contacto con las vías respiratorias, sistemas de tuberías de agua caliente con circuito de retorno o sin, y otros sistemas que puedan acumular y dispersar agua. Este asesoramiento puede ser in situ en el establecimiento o en el Servicio de Salud.
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