Certificado catastral
Volver

datos de la subsección
Finalidad:

Con los certificados catastrales se acreditan los datos físicos, jurídicos y económicos que constan en Catastro, o bien la inexistencia de estos datos.

Desde el Punto de información Catastral del Ayuntamiento de Badalona se pueden facilitar:

- Certificados descriptivos y gráficos de una finca

- Certificados de bienes a nombre de un titular

En la web de la Dirección General de Catastro se encuentran los siguientes formularios para solicitar la certificación catastral:

- Formulario de solicitud de datos para el titular catastral

- Formulario de solicitud de datos por un representante del titular catastral

- Modelo de autorización del titular catastral

Quien lo puede solicitar: La persona interesada o el representante autorizado por el titular del certificado.

Las personas que actúan en representación ajena, ya sea física o jurídica, pueden acreditar su representación telemáticamente mediante el registro de apoderamientos de representación.

Acceder al registro de apoderamientos desde este enlace
Plazos de presentación:

Todo el año

Presentación: Electrónicamente: si dispone de certificado digital, puede solicitar el certificado catastral a la Direcció General del Cadastre.
Presencialmente: en el Departament de Gestió i Control d'Ingressos de Dret Públic. 
Para consultas relativas e este trámite, llamar a los teléfonos de información al contribuyente de l'Oficina d'Atenció Tributària. Teléfono: 934832813
Órgano gestor: - Departament de Gestió i Control d'Ingressos
- Oficina de l'Organisme de Gestió Tributària de la Diputació de Barcelona
Efecto del silencio administrativo: No procede
Normativa básica:

- RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (BOE 09-03-2004).

- RDL 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.

Pago de tasas:

Gratuito

Información adicional:

Electrónicamente: Si dispone de certificado digital, puede solicitar el certificado catastral a la Dirección General del Catastro

De acuerdo con la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el que establece el artículo 10.3 de la Ordenanza de Administración Electrónica, las personas jurídicas están obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Presencialmente: en el Departamento de Gestión y Control de Ingresos de Derecho Público
Para cualquier consulta en relación con este trámite, puede llamar a los teléfonos de información al contribuyente de la oficina de Atención Tributaria. Teléfono: 934832813

Nivel de identificación del solicitante:
Documentos a presentar:
Documentació que cal aportar
- En caso de representación, autorización del titular del certificado y NIF del representante (Las personas jurídicas, autorización y poderes del representante legal de la empresa).