Este trámite permite la domiciliación de tributos con pago periódico así como la baja o modificación de la domiciliación bancaria existente. La domiciliación bancaria del IBI tiene la ventaja del pago fraccionado en cuatro plazos y del IAE tres plazos.
Para tramitarlo se tendrá que facilitar el NIF/CIF del titular y/o la referencia del tributo que se quiere domiciliar:
- Por Impuesto sobre Bienes inmuebles: La referencia catastral
- Por Vehículos (IVTM): La matrícula del vehículo
- Por IAE: La referencia del documento de alta presentado a la AEAT
- Precio público de residuos: La referencia del documento de alta del IAE
- Vados: El número de placa
- Cementerios: El número de nicho
- Quioscos y reservas de aparcamiento: El número de expediente de la concesión
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