Cesión gratuita de suelo destinado a viales
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datos de la subsección
Finalidad:

Tramitación de la sesión obligatoria y gratuita de los suelos destinados a sistema viario que forman parte de una finca urbana. La sesión de estos suelos es necesaria para que el resto del suelo adquiera la condición de solar y se pueda construir de acuerdo con las determinaciones del planeamiento urbanístico general.

Requisitos previos
Los instrumentos de planeamiento correspondientes deben estar aprobados definitivamente.
La cesión sólo la puede solicitar el titular de la finca.
Solicitud de informe de alineaciones y rasantes en Plano de la Ciudad por parte del solicitante de la licencia.

Quien lo puede solicitar: Cualquier persona física o jurídica.

Las personas que actúan en representación ajena, ya sea física o jurídica, pueden acreditar su representación telemáticamente mediante el registro de apoderamientos de representación.

Acceder al registro de apoderamientos desde este enlace.
Plazos de presentación:

Todo el año

Presentación:

Presencialmente, al Servicio de Atención a la Ciudadanía

Tramitación electrónica, mediante el formulario electrónico disponible en esta misma página.

De acuerdo con la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el que establece el artículo 10.3 de la Ordenanza de Administración Electrónica, las personas jurídicas están obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Órgano gestor: Departament de Gestió Urbanística
Plazo de resolución:

Para la licencia urbanística de parcelación: El plazo para otorgar la licencia de parcelación o para declarar la innecesariedad o manifestar su disconformidad es de 1 mes.

El sentido del silencio administrativo es negativo si contradice el planeamiento vigente.

Efecto del silencio administrativo: Desestimatorio
Normativa básica:

- Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- Decreto 64/2014, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre protección de la legalidad urbanística.
- Ley 3/2012, de modificación del texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto y el Decreto 305/2006, de 18 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de urbanismo.

Pago de tasas:

- Ordenanza Fiscal nº14 Tasa por licencias urbanísticas

Documentación relacionada (Para completar el formulario antes debe guardarlo en su ordenador con la función "Guardar el enlace como" que se activará con el botón derecho de su ratón.):
Sol·licitud (F0001)

Nivel de identificación del solicitante:
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Substancial:
Acceso mediante sistema Vàlid
Documentos a presentar:
Documentació que cal aportar
- Solicitud (Formulario F0001)
- Hoja de autoliquidación, justificante del pago de la tasa de la licencia de parcelación
- Nota simple de dominio y estado de cargas de la finca objeto de parcelación, emitido por el Registro de la Propiedad
- Fotografías de la finca a parcelar
- Proyecto de parcelación
- Autorización representación