Declaració responsable d'obertura
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Descripción:

Declaració responsable d'obertura

Finalidad:

Para actividades inocuas, de acuerdo con la Ley 16/2015, de 21 de julio, de simplificación de la actividad administrativa de la Administración de la Generalidad y de los gobiernos locales de Cataluña y de impulso de la actividad económica

Mediante la Declaración responsable de apertura del interesado pone en conocimiento de la Administración el inicio de una actividad económica inocua, de las incluidas en el l'Anexo I de la Llei de simplificació (véase columna correspondiente a "Declaración responsable" de la mesa técnica), y declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos establecidos por la normativa vigente para el ejercicio de la actividad, que dispone de un certificado técnico justificativo y que se compromete a mantener su cumplimiento durante su ejercicio.

Requisitos previos

- Disponer de la correspondiente licencia o comunicación previa de obras cuando proceda
- La actividad a desarrollar debe ser compatible con el planeamiento urbanístico
- Disponer del certificado técnico justificativo del cumplimiento de la normativa que rige la actividad, instalación o establecimiento, firmado por un técnico competente,  según modelo adjunto.
- Disponer de las licencias, autorizaciones o concesiones relativas a utilización o aprovechamiento de bienes del dominio público, en su caso (por ejemplo, vados, terrazas, etc.).
- Si se trata de establecimientos de comercio al por menor de alimentos y bebidas; restaurantes y establecimientos de comida; provisión de comidas preparadas, bares y bares-restaurantes, puede comprobar los requisitos que se aplican para su actividad en materia de salud alimentaria en el  cuadro adjunto.
- Haber realizado el pago de la tasa municipal asociada a este trámite.

Quien lo puede solicitar:

La persona física o jurídica que quiere ejercer una o varias actividades en un mismo centro o establecimiento, o su representante legal. 

Las personas que actúan en representación de un otra, ya sea física o jurídica, pueden acreditar su representación telemáticamente mediante el registro de apoderamientos de representación.

Acceder al registro de apoderamientos desde este enlace

Plazos de presentación:

Se puede presentar en cualquier momento.

La Declaración responsable se presenta cuando se quiere iniciar la actividad y una vez finalizadas las obras y las instalaciones necesarias para llevarla a cabo.

Presentación:

Tramitación electrónica, mediante el formulario electrónico disponible en esta misma página.

De acuerdo con la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el que establece el artículo 10.3 de la Ordenanza de Administración Electrónica, las personas jurídicas están obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Órgano gestor: Departament de Llicències d'Activitats
Plazo de resolución:

Una vez efectuada la comunicación por parte del titular de la actividad, el Ayuntamiento la inscribirá en el Registro municipal de actividades. En dicho Registro constará que la actividad ha sido comunicada y, en consecuencia, que ha iniciado su funcionamiento.

Efecto del silencio administrativo: No procede
Recursos:

Vías de reclamación ordinarias del procedimiento administrativo.

Normativa básica:

Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- Ley 16/2015, de 21 de julio, de simplificación de la actividad administrativa de la Administración de la Generalidad y de los gobiernos locales de Cataluña y de impulso de la actividad económica.

Pago de tasas:

La tasa que establezca la ordenanza fiscal.

Información adicional:

Cuando el servicio técnico municipal, al comprobar los datos consignados en la declaración responsable detecte cualquier inexactitud, falsedad u omisión lo pondrá en conocimiento de la persona titular, que dispondrá del plazo de un mes para corregirla y / o perfeccionarla, sin perjuicio del derecho a presentar alegaciones en el plazo de 15 días a contar de la notificación y de las responsabilidades a las que hubiera que hacer frente.

El Ayuntamiento podrá incorporar la actividad en un plan de inspección para verificar el cumplimiento de los requisitos y la normativa sectorial aplicable. En caso de que se constate algún incumplimiento se iniciará un procedimiento de enmienda de una duración máxima de dos meses, que no conllevaría la suspensión de la actividad, a menos que hubiera riesgo para las personas, los bienes o el medio ambiente . Este procedimiento de enmienda tiene una duración máxima de 2 meses y es independiente y compatible con un posible procedimiento sancionador, y supletorio en los casos en que la normativa sectorial de la actividad no establezca un procedimiento específico.

Nivel de identificación del solicitante:
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Substancial:
Acceso mediante sistema Vàlid
Documentos a presentar:
Documentació que cal aportar
- Declaració responsable d'acord amb el model normalitzat, amb el qual declara. S'haurà de declarar responsablement:
- Que l'activitat compleix els requisits establerts per la normativa vigent per a accedir al seu exercici, i que es compromet a mantenir-ne el compliment durant l'exercici de l'activitat.
- Que es disposa d'un certificat tècnic justificatiu del compliment de la normativa que regeix l'activitat, instal·lació o establiment.
- Que l'activitat és compatible amb el planejament urbanístic.
- Que en cas d'actuar co3m a representant legal, es disposa de tots els poders necessaris per tramitar aquesta soñlicitud i rebre, si escau, les corresponents comunicacions i/o notificacions.
- Que les dades consignades a la declaració són certes.
- Que les dades consignades a la declaració són certes.