Finalidad:
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Solicitud de licencia de obras de nueva planta (puede incluir el derribo de las edificaciones existentes). Requisitos previos Los instrumentos de planeamiento y gestión correspondientes deben estar aprobados definitivamente. En caso de que la finca se encuentre incluida dentro de los supuestos definidos en el art. 53 del Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de urbanismo, modificado según el art. 16 de la Ley 3/2012, del 22 de febrero, de modificación del texto refundido de la Ley de urbanismo, no se podrán autorizar obras de nueva planta. Se recomienda la obtención del correspondiente informe de aprovechamiento urbanístico. La realización de la correspondiente comunicación o solicitud de licencia, si hay actividad que lo requiera.
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Normativa básica:
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- Ley 39/2015 de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. - Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. - Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de urbanismo. - Decreto 305/2006, de 18 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de urbanismo. - Ley 3/2012, del 22 de febrero, de modificación de texto refundido de la ley de urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto. - Decreto 64/2014, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre protección de la legalidad urbanística. - Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la Vivienda. - Decreto 13/2010, de 2 de febrero, del Plan para el derecho a la vivienda de 2009-2012. - Ley 3/2010, de 18 de febrero, de prevención y seguridad en materia de incendios en establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios. - Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, y posteriores modificaciones. - Decreto 179/1995, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de obras, actividades y servicios de los entes locales. - Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales. - Plan General Metropolitano aprobado definitivamente por la Corporación Metropolitana de Barcelona el 07/14/76 (BOP 07/19/76), modificación de las Normas Urbanísticas aprobada definitivamente por la Comisión de urbanismo de Barcelona el 25 de julio de 2008 (DOGC 06/08/2008) y modificación de las Ordenanzas Metropolitanas de la Edificación aprobada definitivamente por el Pleno el 27.03.2007 (BOP 22/05/2007). - Decreto 141/2012, de 30 de octubre, por el que se regulan las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas y la cédula de habitabilidad. - Decreto 135/1995, de 24 de marzo, de desarrollo de la ley 20/1991 de 25 de noviembre, de promoción de la accesibilidad y de supresión de barreras arquitectónicas y de aprobación del Código de Accesibilidad. - Real Decreto 1627/97, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción (BOE del 10/25/1997). - Real Decreto Ley 1/98, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación (BOE del 28/02/1998). - Ordenanza reguladora de la incorporación de sistemas de captación de energía solar para usos térmicos en las edificaciones de Badalona (BOP 18/11/2003). - Ordenanza reguladora de ruidos y vibraciones de Badalona aprobada por el Pleno el 29 de noviembre de 2011 (BOPV 27/12/2011). - Decreto 21/2006, de 14 de febrero, por el que se regula la adopción de criterios ambientales y de ecoeficiencia en los edificios (DOGC 4574 de 16/02/2006). - Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. - Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos. - Decreto 89/2010, de 29 de junio, por el que se aprueba el Programa de gestión de residuos de la construcción de Cataluña (PROGROC), se regula la producción y gestión de los residuos de la construcción y demolición, y el canon sobre la deposición controlada de los residuos de la construcción. - Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico de baja tensión. - Orden de 29 de mayo de 1989 sobre estadísticas de edificación y vivienda (BOE 129 de 05/31/1989). - Otra legislación y normativa vigente, según el ámbito de aplicación.
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Pago de tasas:
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Tasas: Ordenanza fiscal nº. 14, que regula la Tasa por Licencias Urbanísticas, y Ordenanza fiscal nº. 23 que regula la Tasa por actividades en el dominio público. La cuota a pagar se obtendrá por aplicación de los derechos fijados en el anexo de estas ordenanzas
Impuesto: Ordenanza fiscal nº. 5 que regula el Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. La realización de construcciones, instalaciones y obras está sujeta a pago del impuesto sobre construcciones y obras regulado en la ordenanza fiscal núm. 5. El importe del ICIO será el 4% del mayor valor que resulte de comparar el presupuesto de la obra con la cuota resultante de aplicar los módulos de valoración detallados en el anexo de la ordenanza fiscal núm. 5. En cuanto al pago de las cuotas generadas en concepto de Tasa y de Impuesto de Construcciones, puede rellenar el formulario que encontrará en https://orgt.cat/notificacions para recibir, en formato electrónico, la notificación con el documento de pago, y un aviso con un mensaje de correo electrónico, o un SMS, cuando la notificación esté disponible.
Fianza
Antes del otorgamiento de la licencia, en su caso, los servicios técnicos del Ayuntamiento determinan el importe de la fianza - que debe depositarse o garantizarse con aval bancario - para garantizar la reparación o la indemnización por los daños que se causen en los elementos urbanísticos del suelo, subsuelo y vuelo de la vía pública, los necesarios para adaptar los elementos urbanísticos existentes a la nueva edificación, arte. 16 de las OME, así como por los costes previstos de gestión de los residuos de acuerdo con el artículo 11.c) del Decreto 89/2010, de 29 de junio, por el que se aprueba el Programa de gestión de residuos de la construcción de Cataluña, se regula la producción y gestión de los residuos de la construcción y demolición, y el canon sobre la deposición controlada de los residuos de la construcción.
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Información adicional:
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La licencia urbanística caduca si al acabar cualquiera de los plazos para comenzar las obras o para terminarlas, o las prórrogas correspondientes, no se han comenzado o no se han terminado las obras (art. 189.2 del Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de urbanismo). Las personas titulares de una licencia urbanística tienen derecho a obtener una prórroga tanto del plazo de comienzo como del plazo de finalización de las obras por la mitad del plazo de que se trate (art. 189.4 del Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de urbanismo). Una vez finalizadas las obras, se deberá comunicar al ayuntamiento la primera utilización y ocupación de los edificios y las construcciones con la presentación de la certificación del facultativo director que acredite la fecha de finalización de las obras y de que estas se han efectuado de acuerdo con el proyecto aprobado o con las modificaciones posteriores y las condiciones impuestas, y que la edificación está en condiciones de ser utilizada (art. 64.4 de la Ley 3/2012, que modifica el art. 187 del texto refundido de la Ley de urbanismo). El certificado final de obras deberá ir visado por el colegio profesional correspondiente.
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