datos de la subsección
Finalidad:
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El objetivo de esta actuación es promocionar, dinamizar y facilitar el funcionamiento y las actuaciones de las asociaciones de vecinos destinadas a promover la participación de los vecinos y vecinas en la gestión del bien común de la ciudad. Programas de actuaciones subvencionables: - Programas de información, orientación y asesoramiento a los vecinos y vecinas. - Programas para promover la participación de los vecinos y la participación interna de las entidades. - Estudios de las necesidades y potencialidades del territorio. - Programas y actividades para promover la convivencia, el civismo y la interculturalidad. - Promoción de la relación entre grupos vecinales y actividades de solidaridad. - Actividades de colaboración con la comunidad educativa. - Programas para la igualdad de género. - Actividades lúdicas y festivas y actividades deportivas. - Cursos y talleres. - Actividades extraescolares para niños y adolescentes. - Actividades socioculturales (exposiciones, concursos gastronómicos, fotográficos, excursiones culturales...). - Mantenimiento del contenido del local de la entidad (pintura, limpieza, reposición de material eléctrico o sanitario...) - Actividades y eventos relacionados con cumpleaños de la AV o del barrio a partir de los 25 años y sucesivamente, a los 30, 0, 50 ... - Alojamiento de portales web de entidades, su mantenimiento, dominios, trabajos técnicos para dotarlos de la funcionalidad requerida y de la plataforma decidimos como herramienta tecnológica de participación por los integrantes de las diferentes comunidades. - Adquisición y adecuación de equipos y / o software para la adaptación de la entidad a la normativa en materia de protección de datos y de administración electrónica.
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Quien lo puede solicitar:
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Las asociaciones de vecinos y vecinas
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Plazos de presentación:
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31/08/2023 00:01:00 - 28/09/2023 23:59:00
Convocatoria publicada en el BOPB del 30/08/2023 20 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el diario oficial
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Presentación:
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Tramitación electrónica, mediante el formulario electrónico disponible en esta misma página.
De acuerdo con la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y lo establecido en el artículo 10.3 de la Ordenanza de Administración Electrónica, las personas jurídicas están obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración.
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Órgano gestor:
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Departament de Participació Ciutadana
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Efecto del silencio administrativo:
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Desestimatorio
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Recursos:
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Se podrá presentar recurso de reposición en el registro general del Ayuntamiento, dentro del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación.
También se podrá presentar recurso contencioso administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos de Barcelona, dentro del plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación, de conformidad con el art. 8 y 46 de la Ley 29/1998 del 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.
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Normativa básica:
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- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley 38/2003
- Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
- RDL 2/2004, de 5 de marzo, por la que se aprueba el texto refundido de la ley reguladora de las haciendas locales (TRLHL)
- Bases de ejecución del presupuesto municipal vigente (BEP)
- Bases específicas que regirán la concesión de subvenciones por parte del Ayuntamiento de Badalona por concurrencia competitiva durante el año 2023
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Información adicional:
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Las subvenciones se otorgarán proporcionalmente a la valoración obtenida por los proyectos presentados por las entidades solicitantes que acrediten las condiciones y requisitos necesarios para ser beneficiarios.
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Documentación relacionada (Para completar el formulario antes debe guardarlo en su ordenador con la función "Guardar el enlace como" que se activará con el botón derecho de su ratón.):
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Nivel de identificación del solicitante:
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- Alto:
- Certificado digital reconocido y firma electrónica
- Substancial:
- Acceso mediante sistema Vàlid
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Documentos a presentar:
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Documentació a aportar amb la sol·licitud | - Solicitud de subvención (formulario F0109)
| - Anexo: Ficha de proyecto / presupuesto (formulario F0110) | - Previsión general de las actividades a realizar durante el año de la convocatoria y presupuesto | - Memoria explicativa de las actividades realizadas por la entidad durante el año anterior.
| - Cuentas aprobadas globales y, si corresponde, por programas, del último ejercicio cerrado.
| - Declaración expresa de vigencia de la documentación aportada al Ayuntamiento (formulario F0113)
| - Declaración responsable de cumplimiento de las obligaciones de protección jurídica del menor. (Formulario F0112)
| - Certificado de datos bancarios |
Si es demana subvenció per primera vegada | - Acta de composición de la Junta Directiva de la entidad
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Si ja s’han demanat anteriorment subvencions | - Certificado de la composición de la Junta y acuerdo autorizando la solicitud de subvención (formulario F0111) |
Si la sol·licitud es signa amb el sistema Vàlid | - Acta de autorización y poderes del signatario de la subvención, para su petición
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