datos de la subsección
Finalidad:
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El objetivo de esta actuación es promocionar, dinamizar y facilitar las actuaciones de entidades de tipo social y sin ánimo de lucro que potencien la autonomía de las personas y la consecución de sus metas vitales a partir de las oportunidades derivadas de su entorno familiar y comunitario con la cofinanciación de proyectos, programas y acciones de las siguientes líneas o finalidades
L1 Actuaciones de asesoramiento, ocio, inserción sociolaboral y promoción social a personas con diversidad funcional ya sus familias. L2 Actuaciones de ocio dirigidas a niños y niñas ya sus familias en situación de riesgo de exclusión social. L3 Actuaciones destinadas a mejorar las condiciones de vida de los colectivos en riesgo de exclusión social que sufren situación de marginación. Tienen que estar orientadas a dar respuesta a necesidades ciudadanas, complementando la competencia municipal en el área de los servicios sociales.
Las entidades sólo podrán presentar un único proyecto y lo harán en una de las tres líneas que más se adapte a la finalidad de la línea de subvención.
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Quien lo puede solicitar:
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Entidades de tipo social y sin ánimo de lucro
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Plazos de presentación:
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06/06/2025 00:01:00 - 07/07/2025 23:59:00
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Presentación:
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Tramitación electrónica, mediante el formulario electrónico disponible en esta misma página.
De acuerdo con la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y lo establecido en el artículo 10.3 de la Ordenanza de Administración Electrónica, las personas jurídicas están obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración.
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Órgano gestor:
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Departament d'Acció i Promoció Social
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Plazo de resolución:
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Efecto del silencio administrativo:
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Desestimatorio
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Recursos:
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Se podrá presentar recurso de reposición en el registro general del Ayuntamiento, dentro del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación.
También se podrá presentar recurso contencioso administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos de Barcelona, dentro del plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación, de conformidad con el art. 8 y 46 de la Ley 29/1998 del 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.
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Normativa básica:
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- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones - Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley 38/2003 - Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno - RDL 2/2004, de 5 de marzo, por la que se aprueba el texto refundido de la ley reguladora de las haciendas locales (TRLHL) - Bases de ejecución del presupuesto municipal vigente (BEP) - Bases específicas que regirán la concesión de subvenciones por parte del Ayuntamiento de Badalona por concurrencia competitiva durante el año 2025
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Información adicional:
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Se consideran gastos subvencionables las establecidas en el punto 1 del artículo 25 del Anexo IV sobre subvenciones de los Bases de Ejecución del Presupuesto.
• Gastos de personal: sueldos y salarios, cuota empresarial de la Seguridad Social, dietas y otros conceptos que estén incluidos en el recibo de la nómina • Material fungible de oficina necesario para el desarrollo de la actividad: papel, impresos, fotocopias, tinta para fotocopias y otros materiales de oficina. • Los gastos de asesoría jurídica o financieras, notariales, gestoría administrativa y seguros para la realización del proyecto subvencionado. • Difusión y publicidad: imprenta, mantenimiento de las página web, medios de comunicación • Contratación de servicios externos necesarios para el funcionamiento del proyecto / actuación • Alquileres: arrendamientos de bienes inmuebles y bienes muebles • Suministros: agua, electricidad, gas y combustibles • Comunicaciones: teléfono, correo, mensajería, medios telemáticos • Mantenimiento: limpieza y seguridad • Comestibles • Transporte
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Documentación relacionada (Para completar el formulario antes debe guardarlo en su ordenador con la función "Guardar el enlace como" que se activará con el botón derecho de su ratón.):
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Nivel de identificación del solicitante:
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- Substancial:
- Acceso mediante sistema Vàlid
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Documentos a presentar:
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- Documentació que cal aportar amb la sol·licitud
- Solicitud de subvención (Formulario F0109)
- Presupuesto previsto para el proyecto por el que se solicita subvención (Formulario F0110)
- Proyecto de la actividad o programa a subvencionar con descripción detallada que permita comprender el alcance, la intención y la importancia de la propuesta (Formulario F0110)
- Memoria explicativa de las actividades realizadas por la entidad durante el año anterior.
- Cuentas aprobadas globales y, si corresponde, por programas, del último ejercicio cerrado.
- Declaración expresa de vigencia de la documentación aportada al Ayuntamiento (Formulario F0113)
- Declaración responsable de cumplimiento de las obligaciones de protección jurídica del menor.(Formulario F0112)
- Certificado de datos bancarios
- Si es demana subvenció per primera vegada
- Acta de composición de la Junta Directiva de la entidad
- Si ja s'han demanat anteriorment subvencions
- Certificado de la composición de la Junta y acuerdo autorizando la solicitud de subvención (Formulario F0111)
- Si la sol·licitud es signa amb el sistema Valid
- Acta de la autorización y poderes del firmante de la subvención para su petición.
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