CONVOCATÒRIA TANCADA: Ajuts econòmics per autònoms i micropimes (COVID)
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datos de la subsección
Finalidad:

El objetivo de estos ajustes es aumentar el empleo autónomo efectivo a través de una asignación económica para el mantenimiento de los autónomos (autoempleados) de los autónomos del municipio y proporcionar liquidez para el funcionamiento y el buen desempeño de los autónomos y las microfines, afectados por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria causada por EL COVID19.

Estas ayudas económicas tienen carácter voluntario y eventual, son revocables o reducibles, no generan ningún derecho a la obtención de otras asignaciones, ayudas o subvenciones en años posteriores y no se pueden alegar como precedente.

Quien lo puede solicitar:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas económicas que cumpla los siguientes requisitos:

1.- Ser persona física autónoma (trabajo autónomo con y sin trabajadores) o jurídica con actividad económica activa a la entrada en vigor de RD 463/2020 del estado de alarma.

2.- Tener la sede social en el municipio de Badalona

3.- En el caso de autónomos: haber suspendido su actividad, total o parcialmente, como consecuencia del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por COVID19. (Incluye disminución de ingresos del 75% respecto a los 6 meses anteriores de actividad)

4.- En caso de micro empresa:

  • Tener un máximo de 9 trabajadores y un volumen de operaciones no superior 2.000.000 € anuales según el Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión europea.
  • Haber suspendido su actividad presencial o cerrado al público piel mismo Decreto o sus posteriores modificaciones

5.- No ser sociedad mercantil pública, ni sociedad mercantil privada en la que la mayoría de su capital social o la mayoría de los miembros del máximo órgano de gobierno sean de titularidad pública o nombrados por un ente público.

6.- No haber sido sancionada, en resolución firme, por la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de discapacitados o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, aprobado por Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

7.- Cumplir con las obligaciones de la legislación que le corresponda en el ámbito de prevención de riesgos laborales, primeros auxilios y sensibilización medioambiental en cuanto a la gestión de los residuos generados.

8.- Cumplir con la obligación de respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y la adopción de medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación entre mujeres y hombres.

Plazos de presentación: 09/10/2020 01:55:00 - 28/02/2021 13:56:00

El plazo de presentación de la solicitud y de la documentación se inicia al día siguiente de la publicación de las presentes bases y convocatoria al BOPB o DOGC y finaliza el 31 de diciembre de 2020 o cuando se agote el crédito disponible.

Lugar de presentación

Las personas jurídicas deberán presentar las solicitudes de ayudas y cualquier otra trámite relacionado con estas ayudas electrónicamente mediante la Sede electrónica del Ayuntamiento de Badalona, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39 / 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.

Resolución concesión de las ayudas

De acuerdo con lo establecido en las bases reguladoras, la resolución de las ayudas se publicará en el tablon de edictos del Ayuntamiento (etauler)

Presentación:

Las personas jurídicas deberán presentar las solicitudes de ayudas y cualquier otra trámite relacionado con estas ayudas electrónicamente mediante la Sede electrónica del Ayuntamiento de Badalona, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39 / 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.

Las personas físicas podrán presentar las solicitudes indistintamente, de manera presencial en el Registro General o electrónicamente por medio de la Sede electrónica de este Ayuntamiento.

Órgano gestor:

Servei d'Impuls Municipal de Promoció de l'Ocupació

 

Efecto del silencio administrativo: Desestimatorio
Normativa básica:
  • Las Bases reguladoras específicas de esta convocatoria
  • Ley 38/2003 Subvenciones generales, de 17 de noviembre y Reglamento de Desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006.
  • Texto Refundado de la Ley de Gobierno Municipal y Local de Cataluña aprobado por el Decreto Legislativo 2/2003.
  • Ley 19/2014 sobre transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
  • Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, de declaración del estado de alarma por COVID-19.
  • Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, sobre medidas extraordinarias urgentes para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
  • Anexo IV de las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Badalona en vigor para el año 2020, en cualquier contigua a estas Bases.


Pago de tasas:

No se aplican

Información adicional:

Gastos subvencionables

El Ayuntamiento aportará un 50% de los gastos acreditados siguientes con un máximo de 350 euros por ayuda concedida.

a) Gastos de implantación de medidas de seguridad, protección y salud de las condiciones de trabajo, relacionadas con la COVID19.
b) Gastos de suministros de servicios básicos (agua, electricidad, gas), comunicaciones, y seguros, con un máximo de 6 meses desde la implantación del estado de alarma.

Las ayudas económicas no podrán cubrir los gastos de obras de instalación, remodelación o adecuación de los locales, el IVA de las facturas y, en su caso, los impuestos indirectos equivalentes cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.

El conjunto de aportaciones, subvenciones y ayudas no podrá exceder el total del gasto real efectuada por el beneficiario

Documentación relacionada (Para completar el formulario antes debe guardarlo en su ordenador con la función "Guardar el enlace como" que se activará con el botón derecho de su ratón.):
Formulari Declaració Responsable

Formulari Sol·licitud

Formulari llistat justificació despeses

Documentos a presentar:
Documentació a aportar
- Solicitud (según formulario normalizado)
- Si la tramitación es presencial: documentación acreditativa de la identidad de la persona solicitante, así como del NIF, NIE o CIF
- Copia de los poderes notariales o certificación de delegación para actuar en representación del solicitante en su caso.
- Si es una persona jurídica (sociedad o entidad), copia de la escritura de constitución o del documento de inscripción en el Registro público correspondiente.
- Si es un empresario o profesional individual, hay que aportar el alta censal y código CNAE de actividad
- Si es una sociedad civil sin personalidad jurídica propia, debe aportarse el contrato privado.
- Documentación acreditativa de tener reconocida la concesión, prestación de Cese extraordinario de actividad establecido en el RDL (8/2020) por el organismo competente y / o documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos para la obtención de estas ayudas.
- Declaración responsable del solicitante de cumplimiento de los requisitos y obligaciones de los puntos 4 y 5 de las bases. (segun modelo)
- Modelo de domiciliación de pagos, firmado por la persona solicitante y conformado por la entidad bancaria.
- Relación clasificada de los gastos, que identifique al acreedor, el número de la factura o documento equivalente en el tráfico mercantil, el importe, la fecha de emisión y la fecha de pago. (según formulario)
- Documentación acreditativa de los gastos y del pago realizado
La solicitud esta fuera de plazo