Registro de poderes de representación
Volver

datos de la subsección
Finalidad:

El Registro Electrónico de Apoderamientos, creado por la Ley 39/2015 (artículo 6), permite hacer constar las representaciones que los ciudadanos, profesionales y empresas otorgan a terceros para actuar en su nombre ante las Administraciones Públicas.

El apoderamiento se puede otorgar a cualquier persona física o jurídica, aportando sus datos (nombre o razón social y NIF o número de identificación, como mínimo).

Hay definidos tres tipos de apoderamientos:

- Poder "General", para que el apoderado pueda actuar en nombre del poderdante en cualquier actuación administrativa y ante cualquier Administración.
- Poder "A un organismo", para que el apoderado pueda actuar en nombre del poderdante en cualquier actuación administrativa ante una Administración u organismo concreto.
- Poder "A trámites", para que el apoderado pueda actuar en nombre del poderdante únicamente para efectuar determinados trámites especificados en el poder ante una Administración u organismo concreto.

 

Quien lo puede solicitar: Cualquier persona física con capacidad de obrar o persona jurídica
Presentación:

Presencialmente, al Servicio de Atención a la Ciudadanía

Tramitación electrónica, mediante el formulario electrónico disponible en esta misma página.

De acuerdo con la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el que establece el artículo 10.3 de la Ordenanza de Administración Electrónica, las personas jurídicas están obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Órgano gestor:

Servei d'Atenció a la Ciutadania

Plazo de resolución:

Cuando la persona representada es quien hace la inscripción, ésta no será efectiva y permitirá hacer trámites hasta que la acepte la persona representante.

Si quien hace la solicitud de inscripción es la persona representante, la inscripción queda pendiente de validar la documentación presentada por el Ayuntamiento.

Efecto del silencio administrativo: No procede
Normativa básica:

- Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

- Ordenanza de Administración Electrónica del Ayuntamiento de Badalona

Pago de tasas:

No hay tasas asociadas a este trámite, es totalmente gratuito

Información adicional:

 

Nivel de identificación del solicitante:
Documentos a presentar:
Documentació a aportar
- Autorización de representación
- Poderes notariales