datos de la subsección
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Finalidad:
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El objetivo de la subvención es promocionar, dinamizar y facilitar las actuaciones de asociaciones de comerciantes sin ánimo de lucro, que potencien el comercio local con la cofinanciación de proyectos, programas y acciones que tendrán que fomentar actividades de interés público o social que dinamicen el comercio urbano de proximidad, que promuevan el asociacionismo comercial impulsando la mejora competitiva del comercio de la ciudad, que promocionen la comercialización de productos ecológicos o de comercio justo, de consumo de productos de proximidad o kilómetro cero, campañas de responsabilidad social a los comercios y que hagan acciones para fomentar el ahorro de energía, de eficiencia energética, de gestión de residuos, gestión medioambiental, la movilidad sostenible de mercancías, trabajadores y clientes, atención a las personas con necesidades especiales.
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Quien lo puede solicitar:
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Asociaciones de comerciantes sin ánimo de lucro
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Plazos de presentación:
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09/06/2026 00:01:00 - 07/07/2026 23:59:00
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Presentación:
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Tramitación electrónica, mediante el formulario electrónico disponible en esta misma página. De acuerdo con la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el que establece el artículo 10.3 de la Ordenanza de Administración Electrónica, las personas jurídicas están obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración.
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Órgano gestor:
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Departament de Comerç
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Efecto del silencio administrativo:
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Desestimatorio
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Recursos:
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Se podrá presentar recurso de reposición en el registro general del Ayuntamiento, dentro del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación.
También se podrá presentar recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Barcelona, dentro del plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación, en conformidad con los artes. 8 y 46 de la Ley 29/1998 del 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
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Normativa básica:
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- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley 38/2003
- Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
- RDL 2/2004, de 5 de marzo, por la cual se aprueba el texto refundido de la ley reguladora de las haciendas locales (TRLHL)
- Bases de ejecución del presupuesto municipal vigente (BEP)
- Bases específicas que regirán el otorgamiento de subvenciones por parte del Ayuntamiento de Badalona por concurrencia competitiva durante el año 2026
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Documentación relacionada (Para completar el formulario antes debe guardarlo en su ordenador con la función "Guardar el enlace como" que se activará con el botón derecho de su ratón.):
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Nivel de identificación del solicitante:
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- Substancial:
- Acceso mediante sistema Vàlid
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Documentos a presentar:
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- Documentació a aportar amb la sol·licitud
- Solicitud de subvención (Formulario F0109)
- Presupuesto previsto para el proyecto por el que se solicita subvención (Formulario F0110)
- Proyecto de la actividad o programa a subvencionar con descripción detallada que permita comprender el alcance, la intención y la importancia de la propuesta (Formulario F0110)
- Memoria explicativa de las actividades realizadas por la entidad durante el año anterior
- Cuentas aprobadas globales y, si se tercia, por programas, del último ejercicio cerrado
- Declaración expresa de vigencia de la documentación aportada al Ayuntamiento (Formulario F0113)
- Certificado de datos bancarios
- Si es demana subvenció per primera vegada
- Acta de composición de la Junta Directiva de la entidad
- Si ja s'han demanat anteriorment subvencions
- Certificado de la composición de la Junta y acuerdo autorizando la solicitud de subvención (Formulario F0111)
- Si la sol·licitud es signa amb el sistema Valid
- Acta de la autorización y poderes de quienes firma la subvención para su petición
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