NO ES VALID: Subvenciones a los marchantes/vendedores de los mercados de venda no sedentaria, con motivo de la situación generada por las restricciones ocasionadas por el COVID
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datos de la subsección
Finalidad: Esta instáncia permite presentar una solicitud al Ayuntamiento o presentar un recuso contra cualquier actuación o decisión municipal.

Puede utilizar este trámite cuando no exista ningun tramite específico que se adapta a su necesidad
Quien lo puede solicitar: Cualquier persona legitimada en función del objeto de la solicitud y que posea certificado electrónico reconocido.
Plazos de presentación: 15/09/2022 00:01:00 - 14/10/2022 00:00:00
Con carácter general la solicitud podrá presentarse en cualquier momento por medios electrónicos o presencialmente. En el caso de procedimientos administrativos específicos el plazo estará determinado por lo que se disponga en las bases o normas que lo regulen.
Presentación: Conforme lo establecido por la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, las persona jurídicas están obligadas a relacionar-se electrónicamente con la Administración.
Órgano gestor: El que corresponda en función de la materia objeto de solicitud.
Plazo de resolución: El que corresponda en función de la normativa vigente aplicable al procedimiento administrativo objeto de la solicitud.
Efecto del silencio administrativo: No procede
Recursos:

Los que correspondan en función de la materia objeto de la solicitud.

Normativa básica: Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
Ordenanza Municipal de Administración Electrónica, aprobada por el Ple de l’Ajuntament.
Aquella aplicable en función del procedimiento objeto de la solicitud.
Documentos a presentar:
Documentació a aportar
- Solicitud de subvención (F0159)
- Certificado de datos bancarios del titular
- Justificante de estar al corriente del pago del seguro de responsabilidad civil
- Póliza de responsabilidad civil
- Certificado cumplimiento obligaciones tributarias con la AEAT (presentar solo si se opone la verificación por el Ayuntamiento)
- Certificado conforme no tiene deudas con la Tesorería de la Seguridad Social (presentar solo si se opone la verificación por el Ayuntamiento)
- Si procede, aportar la documentación que acredite los poderes de representación, excepto que se hayan inscrito en el Registro de Apoderamientos.
La solicitud esta fuera de plazo