datos de la subsección
Finalidad:
|
Esta instáncia permite presentar una solicitud al Ayuntamiento o presentar un recuso contra cualquier actuación o decisión municipal.
Puede utilizar este trámite cuando no exista ningun tramite específico que se adapta a su necesidad
|
Quien lo puede solicitar:
|
Cualquier persona legitimada en función del objeto de la solicitud y que posea certificado electrónico reconocido.
|
Plazos de presentación:
|
15/09/2022 00:01:00 - 14/10/2022 00:00:00
Con carácter general la solicitud podrá presentarse en cualquier momento por medios electrónicos o presencialmente. En el caso de procedimientos administrativos específicos el plazo estará determinado por lo que se disponga en las bases o normas que lo regulen.
|
Presentación:
|
Conforme lo establecido por la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, las persona jurídicas están obligadas a relacionar-se electrónicamente con la Administración.
|
Órgano gestor:
|
El que corresponda en función de la materia objeto de solicitud.
|
Plazo de resolución:
|
El que corresponda en función de la normativa vigente aplicable al procedimiento administrativo objeto de la solicitud.
|
Efecto del silencio administrativo:
|
No procede
|
Recursos:
|
Los que correspondan en función de la materia objeto de la solicitud.
|
Normativa básica:
|
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Ordenanza Municipal de Administración Electrónica, aprobada por el Ple de l’Ajuntament. Aquella aplicable en función del procedimiento objeto de la solicitud.
|
Documentos a presentar:
|
Documentació a aportar | - Solicitud de subvención (F0159) | - Certificado de datos bancarios del titular | - Justificante de estar al corriente del pago del seguro de responsabilidad civil | - Póliza de responsabilidad civil | - Certificado cumplimiento obligaciones tributarias con la AEAT (presentar solo si se opone la verificación por el Ayuntamiento) | - Certificado conforme no tiene deudas con la Tesorería de la Seguridad Social (presentar solo si se opone la verificación por el Ayuntamiento) | - Si procede, aportar la documentación que acredite los poderes de representación, excepto que se hayan inscrito en el Registro de Apoderamientos. |
|